Page 1 - Lineamientos en mat Igualdad Sustantiva_11112024
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GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE PUEBLA
PERIÓDICO OFICIAL
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
con fecha 22 de noviembre de 1930
“CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA” NÚMERO 7
TOMO DXCV LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024 CUARTA
SECCIÓN
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
ACUERDO del Ejecutivo del Estado, por el que emite los
Lineamientos que deberán observar las Dependencias y Entidades del Gobierno
del Estado de Puebla, en materia de Igualdad Sustantiva.
DECRETO del Ejecutivo del Estado, por el que reforma las
fracciones III.5 y III.7 del artículo 5; la denominación de la Sección V del Capítulo
II del Subtítulo III del Título Segundo; las fracciones II, III, IV, V, VII, IX, X, XI, XII,
XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXII, XXIV, XXVI y XXVII del artículo 39;
y adiciona la fracción III.8 del artículo 5; las fracciones XXVIII, XXIX, XXX, XXXI y
XXXII del artículo 39 y la Sección VI BIS del Capítulo II del Subtítulo III del Título
Segundo, la cual se integra por el artículo 40 BIS; todos del Reglamento Interior
de la Secretaría de Seguridad Pública.