Page 1 - Lineamientos en mat Igualdad Sustantiva_11112024
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GOBIERNO  CONSTITUCIONAL  DEL

                                          ESTADO  DE  PUEBLA

            PERIÓDICO  OFICIAL






                  LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON
                 OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO
               Autorizado como correspondencia de segunda clase por la Dirección de Correos
                                        con fecha 22 de noviembre de 1930






                                      “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA”                  NÚMERO 7
            TOMO DXCV                     LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024                            CUARTA
                                                                                                   SECCIÓN







                                           GOBIERNO DEL  ESTADO

                                               PODER  EJECUTIVO



                             ACUERDO  del  Ejecutivo  del  Estado,  por  el  que  emite  los
          Lineamientos que deberán observar las Dependencias y Entidades del Gobierno

          del Estado de Puebla, en materia de Igualdad Sustantiva.





                             DECRETO  del  Ejecutivo  del  Estado,  por  el  que  reforma  las
          fracciones III.5 y III.7 del artículo 5; la denominación de la Sección V del Capítulo

          II del Subtítulo III del Título Segundo; las fracciones II, III, IV, V, VII, IX, X, XI, XII,

          XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX,  XXII, XXIV, XXVI y XXVII del artículo 39;
          y adiciona la fracción III.8 del artículo 5; las fracciones XXVIII, XXIX, XXX, XXXI y

          XXXII del artículo 39 y la Sección VI BIS del Capítulo II del Subtítulo III del Título
          Segundo, la cual se integra por el artículo 40 BIS; todos del Reglamento Interior

          de la Secretaría de Seguridad Pública.
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